De acuerdo con la normativa vigente, las copropiedades están obligadas a asegurarse únicamente contra los riesgos de incendio y terremoto. Para tener en cuenta Según la Ley, las copropiedades deben siempre contar con un seguro que cubra las pérdidas o daños materiales ocasionados sobre los bienes comunes por eventos de incendio y terremoto que garantice, su reconstrucción.
Coberturas adicionales como responsabilidad civil, daños por agua, anegación, terrorismo, daños por granizo, explosión, daños por rayo, corriente débil, remoción de escombros y otras coberturas adicionales, no son de carácter obligatorio. A pesar de esto, es deseable que la copropiedad adquiera algunas de estas coberturas dependiendo de los diferentes riesgos a los que se encuentre sometida.
Además de estos amparos, las aseguradoras ofrecen soluciones de protección integral que incluyen servicios de asistencia como plomería, cerrajería, electricidad, entre otros, que pretenden atender eventos imprevistos y accidentales. Es importante aclarar que ni las coberturas ni las asistencias reemplazan el mantenimiento preventivo que se debe hacer sobre las copropiedades.